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CONSULTAS ONLINE

TR341Q - BONO DE LAS PERSONAS AUTONOMAS

24/02/2025

Objetivo

Impulsar la mejora de la competitividad de sus negocios mediante inversiones.


Beneficiario

Trabajadores autónomos 

Excluidos 

Beneficiarias de la ayuda del bono de las personas autónomas, procedimiento TR341Q, en alguna de las cinco últimas convocatorias (2020 a 2024 ambas incluidas).


Requisitos

  • Que tengan una antigüedad superior a 42 meses ininterrumpidos 
  • Rendimiento neto declarado en el IRPF anual referida al año 2023, inferior a 50.000 euros. 
  • Facturación mínima anual de 12.000 euros, IVA incluido, en la declaración referida al año 2023

Gastos subvencionables

Los gastos realizados desde el 1/10/2024 y hasta la fecha de la solicitud de la ayuda: 

• Compra de maquinaria. 

• Compra y/o instalación para la mejora de la eficiencia energética. 

• Inversiones para la sustitución de combustibles fósiles o materiales críticos o escasos. 

• Compra de utillaje y herramientas. 

• Reforma del local o espacio del negocio. 

• Equipamiento informático. 

• Equipamiento de oficina y/o negocio. 

• Rótulos. 

• Aplicaciones informáticas, creación y desarrollo de páginas web, apps y redes sociales.

• Diseño de marca.


Documentación

- Facturas y su correspondiente justificante bancario de pago, donde se identifique de manera clara, las características y el coste de la inversión. Las facturas que se presenten deberán ser por un importe mínimo de 100 €, IVA excluido 

- IVA, IRPF o Modelo 200 o Modelo 184, según el caso, del ejercicio 2023 

- En el caso de solicitantes a los que se les aplique el régimen especial de recargo de equivalencia, tributen en régimen de atribución de rentas o su actividad esté exenta de la tributación de IVA, certificado de situación censal, modelo 036 o 037, u otro documento acreditativo de dicha situación.


Importe de ayudas

60 % de cada una de las inversiones realizadas, con un límite máximo de 7.000 euros


Plazo de solicitud

24/01/2025 - 30/09/2025


Para más información contacta ahora con subvencionesinfo@gestoriafuentes.com