Ayudas a la internacionalización de empresas gallegas
a) Misiones empresariales directas al extranjero (incluyendo encuentros empresariales, misiones institucionales o visitas a ferias que tengan lugar en cualquier país extranjero), solo en formatos presenciales y siempre que lleven aparejadas el desarrollo de una agenda empresarial.
b) Participación presencial en ferias o en otros eventos expositivos que se celebren en el extranjero, así como aquellos otros eventos promocionales del tipo congresos, conferencias o simposios que, aunque no tengan un componente expositivo como tal, permitan indudablemente la promoción de la empresa a nivel internacional y tengan lugar en el extranjero
Pymes y autónomos
Que estén dadas de alta en programas avanzados de Igape de apoyo a internacionalización con informe positivo emitido a partir del 1 de enero de 2013. La solicitud de alta en programas avanzados de Igape de apoyo a la internacionalización, deberá hacerse antes del final del plazo de fin de ejecución de la actuación, a través del procedimiento del Igape IG192
Las personas beneficiarias deberán contar con presencia en los medios digitales internacionales, contando como mínimo con una página web con versión en inglés
Las actuaciones se realizarán a través de las entidades colaboradoras (Cámaras de Comercio) que serán las encargadas de programar, organizar y ejecutar las actuaciones y actuar de enlace entre las empresas solicitantes de las actuaciones.
Los realizados entre el 01/01/2025 hasta la fecha límite establecida en la resolución de concesión de la ayuda.
COSTES DIRECTOS (CONCEPTOS) | LÍMITE DE GASTO SUBVENCIONABLE PARA CADA PYME Y ACCIÓN EN LA QUE PARTICIPE |
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·Cuotas de inscripciónen los eventos promocionales no expositivos de los citados en el artículo 3.1.b) Así como coste de las entradas a ferias. cpmgresos o eventos de recomendado interés e incluidos en el programa de las actuaciones | |
· Asistencia externa en destino para la realización de agendas y para organización de la acción | |
· Gastos de intérpretes para acciones individuales y conjuntas | |
· Aluiler del espacio, stand y/o salas para la realización de la acción, gastos de decoración básica, alquiler de mobiliario, gastos de suministros básicos en el stand (luz, agua, limpieza) , inserción en el catálogo de expositores y otros gastos de servicios inherentes al evento expositivo | |
· Gastos de envío de muestras sin valor comercial y catálogos con su seguro correspondiente | |
· Viaje de una persona de la pyme participante (2 personas en el caso de actuaciones de las citadas en el artículo 3.1.b) |
Fechas del viaje subvencionable: entre la fecha de la convocatoria y la fecha límite de presentación de la solicitud de cobro. Solo se subvencionarán los gastos correspondientes a avión, tren, barco y/o autobús, que sean necesarios para el desarrollo de la acción. Incluidos los traslados internos en el/los país/es en los que se celebre la acción. No serán subvencionables los gastos de transporte en vehículo particular ni taxis. Solo se subvencionarán este tipo de costes cuando la persona que viaja sea personal propio de la empresa, o forme parte del consejo de administración de la misma. |
· Alojamiento de una persona de la pyme participante en régimen de alojamiento y desayuno (2 personas en el caso de actuaciones de las citadas en el artículo 3.1.b) |
Solo se subvencionarán pernoctas comprendidas entre las fechas de las actuaciones con un máximo de 5 ( 7 pernoctas en el caso de actuaciones de las citadas en el artículo 3.1.b). En caso de acciones en más de un país, se añadirían un máximo de 3 pernoctas más subvencionables por país, con un máximo total de 12 pernoctas. Solo se subvencionarán este tipo de costes cuando la persona que viaja sea personal propio de la emoresa, o forme parte del consejo de administración de la misma |
· Traslados grupales | Solo se subvencionarán los traslados que sean contratados y facturados a la cámara como organizadora, se incluyen todos aquellos traslados en grupo que se realicen en el marco de la acción, incluidos los traslados desde y hasta el aeropuerto, así como traslados desde o hasta lugares donde se celebren reuniones o eventos incluidos en el programa conjunto de la acción. Quedan excluidos los traslados individuales de cualquier tipo |
· Tasas de visado y seguro de viaje, incluidas las coberturas de cancelación, y coste de realización de pruebas PCR o similares siempre que se consideren obligatorias para la realización del viaje, de una persona de la pyme participante. En caso de las actualizaciones de las citadas en el artículo 3.1.b) dos personas por pyme participante. |
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· Servicios prestados directamente por la entidad colaboradora organizadora de la acción. | · Servicios prestados directamente por la entidad colaboradora organizadora de la acción. |
· Gastos de organización de la acción, información y asesoramiento a la pyme, (dossier de mercado, asesorías teefónicas, reuniones previas, seguimiento de la agenda de entrevistas, elaboración de listados, informes, y todas aquellas precisas para la eficiente organización de la acción y la gestión de la subvención para la pyme). | |
· Parte proporcional del servicio de apoyo técnico en destino. | La prestación de este servicio por parte de la entidad colaboradora será obligatoria en cualquier actuación agrupada con una participación igual o superior a 4 empresas. Se podrá solicitar la excepción de esta obligación que se podrá acordar cuando por las características de la actuación desprenda que no aporta valor añadido a actuación |
· Parte proporcional de los gastos de viaje y alojamiento de las personas de la entidad colaboradora designadas para prestar el servicio de acompañamiento, incluidos los seguros de viaje, las pruebas PCR o similares, y los visados correspondientes | Solo se subvencionarán pernoctas comprendidas entre las fechas de las actuaciones con un máximo de 5 pernoctas ( 7 pernoctas en el caso de actuaciones de las citadas en el artículo 3.1.b) |
· Límite máximo de gastos subvencionable por todos los conceptos. |
Por cada pyme beneficaria y por cada misión en la que participe: 8.000€. Este límite será de 10.000€ cuando la misión se realice a más de un país. Por cada pyme beneficiaria y por cada evento expositivo en el que participe: 32.000€ |
Cuando el importe de los gastos subvencionables sea igual o superior 15.000 € se deberá solicitar tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a su contratación.
31/10/2025