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(TU100C) Ayudas destinadas a compensar las pérdidas por cancelaciones de reservas en los alojamientos turísticos afectados por los incendios forestales de 2025

15/10/2025

Objetivo

Compensar las pérdidas derivadas de la cancelación de reservas en los alojamientos turísticos ocasionadas por los incendios forestales producidos en Galicia a partir del 28 de julio de 2025 y que, como consecuencia de dichas cancelaciones, los alojamientos turísticos hayan sufrido una pérdida de facturación.


Beneficiarias

Pymes cuya actividad sea de: Establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos, viviendas turísticas y albergues turísticos.


Requisitos

Estar dados de alta en REAT .

Los alojamientos turísticos tienen que estar situados en uno de los ayuntamientos afectados por la activación del Peifoga en situación 2, de acuerdo con los datos facilitados por la Agencia Gallega de Emergencias: 

  •  Ourense: Oímbra, Cualedro, Monterrei, Laza, Verín, Vilardevós, Riós, A Mezquita, A Gudiña, Viana do Bolo, Vilariño de Conso, A Veiga, O Bolo, Manzaneda, Chandrexa de Queixa, Montederramo, Parada de Sil, Castrocaldelas, A Teixeira, San Xoán de Río, Larouco, Petín, A Rúa, Quiroga, Ribas de Sil, O Barco de Valdeorras, Vilamartín, Xinzo, Trasmiras, Baltar, Folgoso do Courel y Rubiá 
  •  Lugo: A Pobra do Brollón, Carballedo 
  •  Pontevedra: Arbo, Vilaboa 
  •  A Coruña: Toques, A Golada, Oia

Gastos subvencionables

Las pérdidas por cancelaciones en dichos alojamientos turísticos producidas a partir del 28/07/2025 y hasta el 31/08/2025


Obligaciones de los beneficiarios

Mantener la actividad perjudicada por un mínimo de un año a partir de la concesión de la ayuda.


Fecha de justificación

La persona beneficiaria tendrá de plazo hasta el 22/12/ 2025, para presentar la solicitud de cobro.


Documentación

Datos para acreditar descenso de facturación conforme:

  Importe facturación periodo (28 julio - 31 de agosto) (IVA excluido)

2024

 
2025  

Importe de reducción de facturación: _____________ euros.

Importe de la subvención (25% importe de reducción de facturación): _______euros. (Importe máximo de ayuda: 2.500 euros)

- Escritura de constitución


Importe ayudas

La ayuda será de un 25 % del importe equivalente a la pérdida de facturación sufrida en el año 2025, IVA excluido, durante el período de referencia en comparación con el mismo período del año anterior, con el límite máximo de 2.500,00 euros por persona beneficiaria


Plazo de solicitud

24/10/2025 - 24/11/2025