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CONSULTAS ONLINE

TU503A - MEJORA DE INFRAESTRUCTURAS DE ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS

12/02/2025


Objetivo 

La mejora de la infraestructura turística de la Comunidad Autónoma de Galicia mediante la incentivación para la mejora de las infraestructuras de los establecimientos de alojamiento turístico y de restauración de la Comunidad Autónoma de Galicia.


Beneficiarios

Los establecimientos hoteleros, campamentos de turismo, establecimientos de turismo rural, apartamentos turísticos y albergues turísticos.Los restaurantes.

Requisitos

Establecimientos inscritos y clasificados en el REAT con una antigüedad superior a 5 años.

Los datos que figuran en el REAT relativos al establecimiento, a su titularidad y a la representación tienen que coincidir con los datos aportados por la persona solicitante de la subvención.


Gastos subvencionables

Todas aquellas que se inicien a partir del 1 de enero de 2025.

  • Actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
  • Obras destinadas a la mejora de las instalaciones con la finalidad de obtener certificaciones de calidad, en especial la Q de calidad turística.
  •  Actuaciones destinadas a la adaptación a las modificaciones normativas y a la mejora de la clasificación del establecimiento que supongan un incremento de categoría.
  • Actuaciones de renovación y modernización de las instalaciones y embellecimiento del entorno de la instalación.
  • Equipamientos muebles necesarios para el funcionamiento.
  • Actuaciones de mejora de la climatización que favorezcan la sostenibilidad con la implementación de medidas de ahorro energético, así como la instalación o mejora de sistemas de extracción y renovación del aire. 
  • Actuaciones de digitalización de los sistemas de gestión y comercialización del establecimiento. La inversión en equipos y telefonía móvil no podrá ser superior al 5 % del presupuesto total del proyecto o de la cuantía justificada, si esta es inferior a aquel.
  • Adaptación de los sistemas de seguridad y salud en la prestación de servicios.

La inversión neta admitida será de hasta 100.000 euros + IVA


 

Documentación

  • Escritura de constitución y/o poder de representación.
  • Licencia de obras o, en su caso, certificado del ayuntamiento de no precisar dicha licencia.
  • 3 presupuestos desglosados por partidas comparables entre sí.
  • Memoria explicativa de la inversión a realizar
  • Planos de localización de la inversión.
  • Fotografías del inmueble antes de la inversión
  • Escritura de propiedad o contrato de alquiler del inmueble.

Importe ayudas

PUNTOS

% AYUDA

80-100 60%
60-79 50%
40-59 40%

 


Plazo de solicitud

Del 12/02/2025 al 12/03/2025


Para más información contacta ahora con subvencionesinfo@gestoriafuentes.com