Actuaciones que tengan como finalidad el impulso a la innovación y la sostenibilidad en el comercio local y artesanal
Pymes y Talleres artesanos cuya actividad principal se corresponda con los siguientes IAE:
641, 642, 643, 644, 645, 647 (excepto 647.4 y 647.5), 651, 652 (excepto 652.1), 653 (excepto 653.4), 656, 657, 659, 665, 255.2, 253.6, 41, 421, 423.1, 43, 44 y 45.
Desarrollar la actividad en un local comercial con una superficie de exposición y venta inferior a 300 metros cuadrados.
En el caso de talleres artesanos, deberán estar inscritos en el Registro General de Artesanía de Galicia.
La inversión realizada deberá ser superior a 1.000 € + IVA
Cajas de cartón 100 % reciclado.
Sobres de cartón o papel 100 % reciclado.
Papel vegetal.
Rellenos para embalaje (rellenos vegetales y protecciones acolchadas de papel 100 % reciclado).
Bolsas de papel 100 % reciclado.
Bolsas de tela de algodón 100 %.
Bolsas de tela de lino 100 %.
Bolsas de tela de cáñamo 100 %
- Ordenadores, dispositivos móviles, televisores, reproductores de sonido e imagen, cámaras fotográficas y terminales o lectores de TPV
- Maquinaria propia de procesos industriales, en el caso de artesanos, y maquinaria e instrumentos propios de servicios profesionales.
- Arrendamiento de maquinaria y equipamiento necesaria para el desarrollo de las obras.
- Materia prima de la actividad artesanal.
- Compra de materiales destinados a la realización con medios propios de obras e instalaciones. Menaje y objetos de decoración y material no inventariable y con una vida útil previsible inferior a un año.
- Obras de mejora y acondicionamiento en almacenes o en espacios no destinados a la exposición y venta.
- Actuaciones de reparación, reposición o mera conservación del establecimiento, así como la adquisición de recambios y piezas.
- Las tasas, licencias, visados y autorizaciones relativas a las obras.
- Mantenimiento e instalación de sistemas de alarma y seguridad.
- Compra de elementos que coincidan con los propios de la actividad comercial de la empresa, susceptibles de venta posterior.
- Los trabajos realizados por la propia persona solicitante de la subvención.
- Los gastos realizados en establecimientos dedicados exclusivamente a las máquinas de venta automática.
- Los inmuebles o artículos de exposición y de prueba susceptibles de posterior venta al público y la instalación de expositores de carácter temporal.
- Las bolsas y demás elementos de plástico o derivados del plástico.
Escritura de constitución
Informe de Vida laboral CCC
Factura, Proforma o Presupuesto con cada una de las actuaciones desglosadas indicando el precio unitario de las mismas. Cuando el importe sea superior a 15.000 € + IVA se deberán presentar 3 comparativa
Memoria descriptiva según Anexo VII
En el caso de reformas, fotografías y plano del local antes de realizar las obras
En el caso de instalación de equipamientos de eficiencia energética, características técnicas de los equipos (catálogo, certificado o ficha técnica donde se incluyan los datos de la productividad del equipo y de su consumo y rendimiento energético)
En caso de sustitución de puertas automáticas y sistemas de iluminación y climatización, fotografías de las instalaciones actuales y de los equipamientos
En caso de equipamientos de la actividad comercial y artesanal, etiquetado que acredite una calificación energética B o superior, cuando así lo requieran
En caso de actuaciones de la línea de sostenibilidad, certificación, etiqueta verificable o declaración responsable de la empresa proveedora con firma digital o firma y sello
En caso de alta en varios epígrafes habrá que acreditar que la actividad principal es la de comercio menor
El porcentaje de la subvención será el 80% de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido)
El porcentaje de la subvención será el 80% de las siguientes inversiones máximas subvencionables (IVA excluido)