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CONSULTAS ONLINE

TR802L - AYUDAS BONO CONSOLIDA

17/02/2025

Objetivo

Apoyar la consolidación de las entidades de la economía social, así como reforzar su presencia en el tejido económico de Galicia, con especial incidencia en la transformación digital y en la mejora de la eficiencia energética, contribuyendo al impulso de su actividad económica, incrementando su competitividad y manteniendo empleos de calidad.


Beneficiarios

Sociedades cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y centros especiales de empleo.


Requisitos

Figurar inscritas como tales en los correspondientes registros administrativos de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tener presentadas las cuentas anuales del último año en el Registro Mercantil, en el Registro de Cooperativas o en el Registro de Fundaciones, según corresponda a su forma jurídica.

Acreditar una antigüedad de 42 meses.


Gastos subvencionables

Los realizados entre 1/11/2024 hasta el 31/10/2025 en:

  1.  Equipamiento informático.
  2. Adquisición y desarrollo de software y páginas web.
  3. Marketing, comunicación o relanzamiento comercial.
  4. Mejora en la eficiencia energética.
  5. Adquisición de equipación.
  6. Reforma del centro de trabajo.
  7. Mobiliario.
  8. Obtención de certificaciones de calidad.
  9. Creación y desarrollo de la imagen corporativa de la entidad.
  10. Plan de protección de datos.
  11. Elementos de transporte.
  12.  Actividades formativas para las personas socias de la entidad solicitante que estén dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos (RETA)

Documentación

  • Escritura de constitución y/o poder de representación 
  • Factura, presupuesto o factura proforma.
  • Certificación acreditativa de haber presentado en el registro correspondiente las cuentas anuales del último ejercicio (excepto en el supuesto de las cooperativas, lo que se  comprobará de oficio).
  • Breve memoria explicativa de las inversiones a realizar

Importe ayudas

80 % del coste total de los gastos subvencionables, con los límites siguientes:
– 5.000€ para cada uno de los gastos incluidos en los conceptos 3, 8, 9, y 10
– 600€ para cada actividad formativa, de las incluidas en el concepto 12 que realice cada persona socia de la entidad que esté de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos.

El límite máximo de las ayudas se establece en 30.000€

Se anticipará el 90 % del importe de la subvención concedida.


Plazo de solicitud

21/02/2025 – 21/04/2025


Para más información contacta ahora con subvencionesinfo@gestoriafuentes.com