Objetivo
Incentivar actuaciones de reparación, rehabilitación y adaptación, con las que puedan acometer las obras necesarias para su adecuación a los requisitos de funcionalidad, seguridad, habitabilidad y accesibilidad.
Beneficiarios
Comunidades de vecinos de los edificios de tipología residencial de vivienda protegida promovidos por el IGVS.
Requisitos
- Tengan más de 10 años de antigüedad.
- Que no recibieran otra ayuda del IGVS para la realización de obras del mismo concepto en los 10 años inmediatamente anteriores.
- Que el edificio reúna las necesarias condiciones de seguridad estructural.
- Las obras objeto de la ayuda deberán contar con las autorizaciones administrativas correspondientes, así como adecuarse a la memoria técnica o al proyecto de ejecución redactado para su ejecución.
- Las actuaciones subvencionables podrán estar iniciadas en el momento de solicitar esta subvención, pero no podrán estar finalizadas.
- A efectos del presupuesto subvencionable, se establecen como precios máximos para la redacción del presupuesto de ejecución material los de las distintas partidas de la base de datos de la construcción de Galicia que pueden ser consultados a través del siguiente enlace: https://igvs.xunta.gal/base-datos-construccion
Gastos subvencionables
Todas aquellas obras destinadas a la reparación, rehabilitación y/o adaptación de los edificios:
- Obras que proporcionen al edificio condiciones de seguridad estructural o constructiva, de manera que garanticen su estabilidad, resistencia y solidez, seguridad contra incendios, así como obras de seguridad frente a posibles accidentes o siniestros.
- Obras que proporcionen al edificio estanquidad frente a la lluvia y a la humedad, aislamiento térmico y acústico, o mejora de las instalaciones de calefacción.
- Obras que proporcionen al edificio mejora de los accesos a los servicios generales de agua, gas, electricidad, telefonía, saneamiento, etc., así como la adecuación de estas obras a la correspondiente normativa.
- Obras de supresión de barreras arquitectónicas, tales como instalación de ascensores, rampas, u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial.
Documentación
- Certificado expedido por la persona secretaria de la comunidad en el que conste que existe acuerdo de las personas propietarias de solicitar esta ayuda, de ejecutar las actuaciones solicitadas y del nombramiento de la persona autorizada por la comunidad para la tramitación de la subvención, en caso de no ser la persona que ejerza la presidencia de la comunidad.
- Memoria descriptiva de las obras que se pretenden ejecutar, desglosadas por tipo de actuación. En caso de actuaciones de adecuación estructural, se deberá justificar en esta memoria la necesidad de las reparaciones solicitadas, así como presentar una propuesta de la solución técnica que se pretende ejecutar, firmada por facultativo/a competente.
- Presupuesto total estimado para realizarla las actuaciones, incluido el coste de las obras desglosado por tipo de actuación, los honorarios facultativos, las tasas necesarias, etc
- Fotografías del edificio y de las zonas sobre las que se va actuar.
Importe ayudas
60 % del presupuesto subvencionable y hasta un máximo de 6.000 €/vivienda
Plazo de solicitud
Del 09/05/2025 al 08/07/2025
Para más info, escríbenos un email a subvencionesinfo@gestoriafuentes.com