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CONSULTAS ONLINE

IN417Z - AYUDAS DEL PROGRAMA BONO ENERGIA PYME

13/02/2025

Objetivo

Fomentar la mejora energética en pymes y autónomos del sector servicios mediante el ahorro, la eficiencia energética y el uso de energías renovables en Galicia.


Beneficiarios

Pymes y autónomos con actividad económica en Galicia pertenecientes a los sectores del CNAE 2009 indicados a continuación:

Sección G: Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor y motocicletas (divisiones 45 a 47).
Sección H: Transporte y almacenamiento (divisiones 49 a 53).
Sección I: Hostelería (divisiones 55 y 56).
Sección J: Información y comunicaciones (divisiones 58 a 63).
Sección K: Actividades financieras y de seguros (divisiones 64 a 66).
Sección L: Actividades inmobiliarias (división 68).
Sección M: Actividades profesionales, científicas y técnicas (divisiones 69 a 75).
Sección N: Actividades administrativas y servicios auxiliares (divisiones 77 a 82).
Sección P: Educación (división 85).
Sección Q: Actividades sanitarias y de servicios sociales (divisiones 86 a 88).
Sección R: Actividades artísticas, recreativas y de entretenimiento (divisiones 90 a 93).
Sección S: Otros servicios (divisiones 94 a 96).


Requisitos

- Tener centro de trabajo en Galicia.
- Contar con una actividad según el listado de CNAE anterior.
- Realizar inversiones entre el 1 de enero y el 1 de octubre de 2025.
- La inversión mínima es de 1.000 euros (200 euros para asesoramiento energético), sin incluir IVA.


Gastos subvencionables

Las actuaciones elegibles incluyen las siguientes líneas:

1.- Bono Asesoramiento Energético:
Diagnósticos energéticos: Identificación de equipos consumidores, análisis de consumos y propuestas de optimización de contratos y facturación energética.
Auditorías energéticas: Incluyen mediciones de consumos (calderas, electricidad, termografías) y análisis para implantar mejoras en eficiencia energética, energías renovables y sistemas de telecontrol.
Costes subvencionables: Dependen del consumo energético anual:
≤ 5.000 kWh: Diagnóstico (500 €), Auditoría (1.000 €).
100.000 kWh: Diagnóstico (3.500 €), Auditoría (7.500 €).

2.- Bono Envolvente:
Elementos de control solar (toldos y láminas). Solo subvencionables en colores blanco, negro o variantes de estos.

3.- Bono Iluminación:
Sustitución de equipos de iluminación interior/exterior por tecnología LED, incluyendo rótulos y escaparates.

4.- Bono Instalaciones Eléctricas:
Renovación de sistemas eléctricos para mejorar la eficiencia y fiabilidad, como transformadores, sistemas de alimentación ininterrumpida y compensadores de energía reactiva.

5.- Bono Equipo:
Sustitución de equipos consumidores de energía (cafeteras, frigoríficos, lavadoras, etc.) por otros con calificación energética B o superior.
Requiere justificar la retirada del equipo antiguo.

6.- Bono Climatización:
Sustitución de equipos de climatización y agua caliente sanitaria por otros más eficientes (calificación energética B o superior). Incluye recuperadores de calor, mejoras en aislamientos y sistemas de control avanzados.

7.- Bono Inmótica:
Sistemas de domótica e inmótica para gestión eficiente de energía, incluyendo telemedida y automatización avanzada.


Fecha justificación subvención

La inversión tiene que estar realizada y pagada antes del 1 de octubre de 2025.


Documentación

  • Escritura de constitución (si procede).
  • Memoria técnica del proyecto según modelo disponible en la web oficial del INEGA
  • Presupuesto (mínimo 3 para gastos superiores a 15.000 euros + IVA ).
  • Fotografías de la instalación actual y de las placas técnicas de los equipos a retirar.
  • Documentos que acrediten CNAE, entre otros.

Importe de ayudas

80 % del coste elegible, hasta un máximo de 6.000 euros por solicitud.
La ayuda del bono de asesoramiento energético no computa para este límite.


Plazo de solicitud

Desde el 17 de enero de 2025 hasta el 25 de junio de 2025.


Para más información contacta ahora con subvencionesinfo@gestoriafuentes.com